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En muchas ocasiones tenemos dudas sobre si lo que hacemos o cómo tenemos a nuestros animales es lo correcto."

Presentamos algunas cuestiones que nos parecen interesantes...¿Queréis que añadamos alguna? Dínoslo.

LA LEY EN TEMAS COTIDIANOS:

¿CHIP PARA GATOS?

Es cierto que en algunas CCAA si que es obligatorio, pero en Aragón en la actualidad NO.

¡OJO! En caso de que cambies de residencia a una CCAA en la que si que sea obligatorio se lo deberás de poner a tu felino.

En el caso de viajar fuera de España tu gato deberá de tener cartilla, microchip y la vacuna antirrábica.

CONSEJO: intenta tener una manera de demostrar que eres el dueño del gatoen caso de no ponerle el chip. (con cartilla, facturas veterinarias que te identifiquen a tí y al gato, etc) Va a ser muy importante en caso de pérdida del gato.

Recuperación y cesión de animales abandonados.

La ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón recoge que los animales serán recogidos en centros que deberán estar autorizados como núcleos zoológicos y en los que se les mantendrá y cuidará.

Si es posible localizar al dueño se le comunicará de inmediato.

Los animales permanecerán tres días hábiles en los centros de recogida para que puedan ser recuperados por sus dueños. Tras estos, permaneceran otros siete días hábiles más en los Centros. En este plazo  podrán ser objeto de adopción por terceros o también de recuperación por sus dueños.

VACUNAS OBLIGATORIAS EN PERROS

  • Cachorro con mes y medio: vacuna de parvovirosis, moquillo y dos polivalentes.

  • Cachorro con dos meses: vacuna polivalente.

  • Cachorro con tres meses: refuerzo de la vacuna polivalente

  • Cachorro con cuatro meses: vacuna de rabia. Con esta vacunación se suele aprovechar para identificarlo con un microchip (pingback a los microchips).

  • Perro con un año: recordatorio de las vacunas polivalentes y de la rabia.

 

**Cada año: recordatorios de la vacuna polivalente y de la rabia. Aunque algunas Comunidades Autónomas lo permitan cada dos años.**

sERVICIO RECOGIDA ANIMALES

Si te encuentras un animal, quieres ayudar  y no sabes como actuar, debes de saber, que, además de tenernos a las protes (sobretodo en caso de que estemos demasiado lejos para ayudar y nos es imposbile), la Diputación Provincial de Teruel presta actualmente el servicio de recogida de perros vagabundos a 154 ayuntamientos de la provincia.

Debes de comunicarle la situación al ayuntamiento y será este el que gestione con la Diputación Provincial de Teruel, encargada de comunicar los avisos e incidencias, la recogida del animal.

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El servicio se presta únicamente en días laborables de lunes a viernes de 8 a 19 horas, mediante la comunicación de los correspondientes avisos y en un plazo inferior a 48 horas, desde la comunicación del aviso. La recogida de animales peligrosos, se llevará a cabo en un plazo no superior a 24 horas, desde el momento que se reciba el aviso, a través de los servicios técnicos de la Diputación Provincial.

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